
Sentencia N° 265 del 11 de marzo de 2026 – Valoración probatoria de los mensajes de texto enviados vía WhatsApp
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en el marco del conocimiento del Amparo propuesto contra la decisión emitida por el Tribunal Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, declaró su procedencia reponiendo la causa al estado de que se dictara nuevo fallo en alzada.
En efecto y ante la denuncia de error en la valoración de mensajes de texto enviados vía WhatsApp, la citada Sala determinó que dicha comunicación incorporada al expediente en formato impreso debe asimilarse a la prueba documental y que, al no ser impugnada por la contraparte del promovente en la respectiva oportunidad procesal, se produce un reconocimiento tácito del chat contenido en la mencionada aplicación de mensajería instantánea, debiendo ser apreciado por el juzgador mediante las reglas de la sana crítica.
De acuerdo a lo expuesto, la mencionada Sala Constitucional advirtió el yerro cometido por el tribunal de segundo grado en materia agraria al abstenerse de valorar los mentados mensajes de texto, vulnerando, por tanto, el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva.
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