
Sentencia N°296 del 06 de junio de 2025 – Ratificación de criterio en torno a demandas de cobro de honorarios en moneda extranjera
La Sala de Casación Civil ratifica su criterio, recién acogido en fecha 20 de marzo del corriente (fallo N° 10), conforme al cual el intimante debe acompañar con su demanda ejemplar de contrato suscrito con el intimado en caso de cobro de sus honorarios en moneda distinta a la de curso legal estimada en la pretensión de la cual deriva el susodicho cobro por actuaciones causadas en sede judicial.
En este sentido y en lo que al caso concreto respecta, la Sala de Casación Civil declaró SIN LUGAR el Recurso de Casación propuesto por el accionante contra la decisión de alzada que decretó la inadmisibilidad de la demanda propuesta por falta de consignación de su instrumento fundamental.
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