
Sentencia N° 839 del 12 de diciembre de 2025 – Improcedencia de la demanda por Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en el marco de la ejecución del juicio rescisorio una vez superado el juicio rescindente mediante la declaratoria de procedencia del Recurso de Casación ejercido por la actora, rechazó la demanda por Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento incoada.
El motivo para tal declaratoria fue que a pesar de haberse demostrado la veracidad de la firma de la demandada en el documento cuyo reconocimiento fue objeto de demanda, se comprobó, mediante experticia efectuada por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), que el contenido del documento fue incluido con posterioridad a la firma del mismo; es decir, a juicio de los expertos y una vez valorado el dictamen por el órgano rector de la justicia civil en Venezuela, se estampó dicha rúbrica sobre un documento en blanco, considerándose, por tanto, fraudulento el contenido del mismo.
Ante la.valoración probatoria comentada, la Sala de Casación Civil declaró la improcedencia de la demanda propuesta a pesar de haber declarado la previa procedencia del Recurso de Casación ejercido por la demandante.
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