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Sentencia N° 677 del 29 de octubre de 2025 – Las providencias del artículo 171 del Código Civil como medidas cautelares autónomas según la Sala de Casación Civil del TSJ

octubre 29, 2025
Sentencia N° 677 del 29 de octubre de 2025 - Las providencias del artículo 171 del Código Civil como medidas cautelares autónomas según la Sala de Casación Civil del TSJ

Sentencia N° 677 del 29 de octubre de 2025 – Las providencias del artículo 171 del Código Civil como medidas cautelares autónomas según la Sala de Casación Civil del TSJ

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, conociendo el Recurso de Hecho ejercido, declaró su procedencia y, por tanto, admitió el Recurso de Casación negado por el tribunal de alzada en el marco de la denuncia por excesos e irregularidades en la administración de la comunidad conyugal.

En este sentido y al tratarse de una medida preventiva solicitada al amparo del artículo 171 del Código Civil, la Sala la asimiló a una medida cautelar autónoma comparándola con las medidas cautelares anticipadas asi como con las medidas autosatisfactivas – ambas con presencia en alguna de las parcelas de nuestro ordenamiento jurídico vigente- determinando, asimismo, la presencia de contención en el asunto objeto de tratamiento. El último de los señalamientos lo produjo al recordar la improcedencia del dictado de medidas cautelares en el marco de la jurisdicción voluntaria al requerirse la existencia de un juicio pendiente (pendente litis).

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http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scc/octubre/349248-000677-291025-2025-25-406.HTML

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