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Sentencia N° 459 del 1°de octubre de 2026 – Uso de la notoriedad judicial para la resolución del mérito del asunto controvertido

octubre 1, 2026
Sentencia N° 459 del 1°de octubre de 2026 - Uso de la notoriedad judicial para la resolución del mérito del asunto controvertido

Sentencia N° 459 del 1°de octubre de 2026 – Uso de la notoriedad judicial para la resolución del mérito del asunto controvertido

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en el marco de la ejecución del juicio rescindente, declaró la procedencia del vicio de juzgamiento por silencio de prueba determinante en el dispositivo del fallo recurrido mediante el ejercicio del recurso extraordinario de casación. 

En este sentido y luego de analizar  la mentada Sala el cúmulo probatorio cursante en autos, incluyendo la prueba  silenciada, determinó la procedencia de la pretensión por Reconocimiento de Unión Estable de Hecho incoada no sin antes efectuar un llamado de atención al juez autor del fallo recurrido por abstenerse de activar, conforme dispone el Código de Procedimiento Civil, las 

facultades probatorias de oficio como mecanismo para la búsqueda y obtención de la verdad material, facultad que hizo uso la propia Sala de Casación Civil, mediante la figura de la notoriedad judicial, para resolver el mérito del asunto en el marco de la ejecución del juicio rescisorio.

En consecuencia,  la Sala citada comprobó la existencia de la sentencia de divorcio de la demandante y, por tanto, el cumplimiento del requisito de soltería para la configuración del concubinato objeto de reconocimiento judicial.

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https://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scc/octubre/357435-000459-11026-2026-25-817.HTM

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