
Sentencia N° 102 del 06 de marzo de 2026 – Procedencia, vía solicitud de Avocamiento, de la demanda de Inquisición de Paternidad propuesta
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en el marco del conocimiento de la segunda fase de la solicitud de Avocamiento ejercida y ante el retardo prolongado e injustificado (más de una década) en dictarse sentencia en segundo grado o apelación, declaró
su procedencia emitiendo decisión de mérito en torno a la pretensión por Inquisición de Paternidad propuesta.
En este sentido y como punto previo, la Sala ratificó la desaplicación por control difuso, efectuada por el juez de primera instancia, del artículo 228 del Código Civil por colidir con la norma contenida en el artículo 56 de la Carta Magna por lo que, en consecuencia, desechó la caducidad de la acción al estarse ante el derecho a la identidad en tanto derecho humano de especial protección.
Con relación al fondo del asunto, la citada Sala, luego del analisis del cúmulo probatorio cursante en autos, con inclusión de la renuencia de los demandados a practicarse la prueba heredo biológica, constató la comprobación de la posesión de estado de los demandantes para, acto seguido, declarar el vínculo filiatorio con el de cujus y, por tanto, la procedencia de la demanda propuesta.
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